Tengo una duda respecto a la venta de una vivienda, que en origen tenía la calificación de local comercial. Se compró inicialmente por 168.000 € como local comercial, aunque siempre su destino ha sido el de vivienda. Un año más tarde se obtiene el permiso del ayuntamiento para calificarlo como vivienda, y se otorga escritura de adaptación de local comercial como vivienda, valorándose en 425.000 €. Casi un año más tarde, se vende por mismo precio, 425.000 €. ¿Qué posibilidad hay de declarar en renta como precio de compra 425.000 € (valor que se ha dado al adaptarlo como vivienda), resultando una ganancia de 0 € al venderlo por el mismo precio?
La ganancia patrimonial es la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición, en este caso 425-168=257.000 euros. No cabe otra interpretación.
Además, indicar que según titulas el post "Venta vivienda habitual" en este caso la vivienda no puede tener tal consideración de habitual, ya que es requisito que lo haya sido al menos durante 3 aós seguidos, lo que a juzgar por las fechas que aportas no se ha cumplido.
De ser así, tendrías que devolver las cantidades deducidas (si es el caso) y además no cabría la exención por reinversión, por lo que en cualquier caso tendrías que tributar por los 257.000 euros, si vendiste en 2006 al 15% y si ha sido en 2007 al 18%.
Quiero saber si es cierto que en los tres primeros años no puedo desgravar mas del 40% del préstamo hipotecario. Suponiendo que sea así entra la amortización y los intereses o solo amortización.
Leo por otra parte que la base máxima de deducción es de 9015 e y la deducción máxima anual de 1352. Esto que significa porque no entiendo nada.
Muchas gracias.