Casados en separación de bienes con capitulaciones con hijos menores en común que queremos hacer una extinción del condominio para que uno se quede la vivienda compensando su parte al otro que se vuelve a casa de sus padres. Mientras ahorra lo suficiente y ya fuera del préstamo común solicita una hipoteca para si.
Los niños por sistemas de libranzas irían un par de noches con cada uno y dos fines de semana alternos con cada uno. Estamos de acuerdo en que los gastos sean compartidos por igual. Y no se pediría una pensión compensatoria.
Mi gran duda es si esta situación en la que ahora estamos de acuerdo puede ser ratificada al divorciarnos o un juez no la admitiría y por otra parte respecto a la vivienda, si aún habiéndose vendido la parte del uno al otro, ¿quien sale de casa, puede a posterior en el divorcio reclamarla como domicilio familiar para quedarse, teniendo que irse el que la compra y además seguir pagando la hipoteca aún ya con el 100% de la propiedad a su nombre.
Quizás antes de extinguir el condominio ante esta posibilidad sea mejor hacer el divorcio o todo a la vez?
¿Bastaría con que se empadrone con los niños en casa de sus padres para que el que antes era domicilio familiar ya no lo sea?
Pero si quien se va a casa de sus padres aún empadronandose allí con los niños, 6 meses después decide en el divorcio solicitar la atribución de vivienda, si que se la darían aún ya estando a nombre del otro y habiendo salido de muto acuerdo, o aunque ahora no pida compensatoria, si en 6 meses o 1 año nos divorciamos y la pide, se la pueden otorgar?
De ser así, para evitarlo, lo ideal sería plantear el divorcio con los acuerdos que ahora tenemos antes de de vender la vivienda a la otra parte no?
Más que el empadronamiento sería la consideración REAL de vivienda habitual. El empadronamiento de todas maneras puedes fiarte tanto o tan poco de que lo hará si se va, como que de no te pedirá el derecho de uso de la vivienda para los menores.
Si tienes algún tipo de sospecha de que se pueda dar esta circunstancia, efectivamente lo mejor sería esperar a firmar el divorcio.
La compensatoria en caso de solicitarse y tener derecho irá ligada al divorcio en cualquier caso, no a la vivienda, y sería independiente de la atribución de esta, aunque en un divorcio de mutuo acuerdo pueda negociarse lo que se quiera.