Entonces puedo poner los gastos de reforma como deducibles? el problema es que no guardo facturas de hace tantos años. Lo puedo poner igual o si me las piden me pueden sancionar por no tenerlas?
a que me arriesgo si lo hago así?
gracias anticipadas
El programa del IRPF 2014 contempla los coeficientes de abatimiento hasta 1994 por eso no te beneficias en nada en las reducciones.
Los gastos que te decía Graciani son los gastos de escritura del notario, registro de la propiedad e impuestos (ITP) que pagaste cuando la compraste así como si tienes alguna factura de reforma (no reparaciones) de la casa, como gastos de venta, la plusvalía municipal que hayas pagado y el certificado de eficiencia energética que seguro que tuviste que sacar y gastos de honorarios de inmobiliaria si requeriste sus servicios para la venta.
Hola . Vendí mi piso en 2014 y ahora al hacer la declaración de renta me sale a pagar una burrada a hacienda. Compré en 1994 por 21.000 y he vendido por 85.000 mas de 20 años después. Los 21.000 de entonces el programita que actualiza la renta me los convierte solo en 27.000. Eso es normal? Así pues he de tributar por la diferencia. Que gastos se supone que puedo poner tanto en la compra como en la venta? el piso era mío al 100% por lo que si hago la declaración conjunta me beneficio de algo o dá igual?
Disculpen mi ignorancia.