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Venta vivienda antes de tres años

4 Comentarios
 
12/08/2011 09:47
El caso es similar y no entran a valorar mas circunstancias personales, si no que se centra en las fechas y en que la ley contempla el matrimonio como causa de venta. Ya se que hacienda se lo va a pasar por el arco del triunfo, mis esperanzas estan en el tear o teac.
Gracias Juan.
12/08/2011 09:38
Sí se piuede citar porque el Reglamento de IRPF también recoge el matrimonio como motivo da cambio de vivienda. Pero en este caso concreto, no tengo mucha fe en que lo acepten, no obstante con intentarlo no se pierde nada.
Porngo el enlace al artículo dcrrespondiente del Reglamento de IRPF:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/rd439-2007.t4.html#a54
12/08/2011 08:28
He encontrado esta resolucion del teaf, pero no se si se podria citar par alas alegaciones, o al ser de otra region no se puede:

http://www.gipuzkoa.net/ogasuna/teaf/resolucion.asp?hdnResid=1114&hdnTodosId=1229;1235;1210;1211;1183;1186;1168;1173;1141;1142;1144;1026;1118;1114;1117;1071;1074;1075;1032;1090;1096;1099;1068;1061;1017;1043;1002;639;648;654;655;645;618;615;624;625;626;629;630;603;610;591;558;559;567;551;553;535;549;515;518;519;493;461;475;450;451;453;455;458;409;411;413;414;431;438;371;364;365;366;374;359;353;331;332;342;338;324;319;288;258;263;317;260;264;265;276;279;303;301;247;227;231;233;234;209;216;208;205;159;160;156;167;154;157;181;122;123;119;86;92;93;109;75;79;69;71;64;55;63;31;29;17;12&hdnPagAct=1&hdnCampoOrden=rsifechafallo&hdnOrden=desc&hdnOrigen=T&hdnMatid=2&hdnMatdesc=Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas&hdnAptid=41&hdnAptdesc=&hdnSubid=0
11/08/2011 20:29
Por mi parte, no se me ocurre nada para ayudarte. Lo siento mucho, de verdad.
Venta vivienda antes de tres años
11/08/2011 17:52
Hola, no se si se podria asimilar mi caso a las consultas que se han planteado aqui, pero agradeceria cualquier ayuda.
El caso es que me ha llegado una paralela de hacienda en la que nos reclaman 13.000 a mi y 15.000 a mi mujer intereses. Nos dicen que el piso que vendimos no tiene consideracion de vivienda habitual por haberlo vendido antes de 3 años. Hemos alegado celabracion de matrimonio y dicen que no es condicon que obligue a vender, nosotros lo hicimos pq compramos siendo novios, nos casamos y despues al querer formar una familia el apartamento no daba para vivir 3 y lo vendimos. Las fechas son: compra de apartamento 12/03/2004, matrimonio 02/04/2005, venta del apto. 14/03/2006 y compra del nuevo 15/06/2006.
Agradezco cualquier ayuda, vamos a presentar un informe de un arquitecto que indica que ese apartamento no esta diseñado para vivir mas de dos personas y no se que mas podemos alegar, mi mujer se quedo embarazada pero lo perdio y no tenemos nada que lo justifique. No se que hacer pq nos van a aruinar. Pasamos de tener un apartamento y 160.000 de hipoteca a tener un piso con una habitacion mas y 315.000, con lo cual especulacion no es.
Gracias.