Tengo un comprador para un terreno declarado urbanizable por el ayuntamiento, pero todavía no por la Junta de Castilla y Leon.
Las condiciones del comprador son pagar una cantidad inicial como contrato de arras, otra cantidad cuando la Junta lo declare urbanizable, y el final cuando se termine de urbanizar, me gustaría saber si es la forma habitual de hacerlo, quien me puede asesorar sobre estas operaciones
muchas gracias
no conozco las características exactas de tu terreno ni als circunstancias de la recalificación, pero eso puede significar que cobres dentro de 20 años, o a lo mejor nunca. ¿sabes que destino tiene exactamente tu terreno, cuando ya sea urbanizable.
el que el ayto lo haya declarado urbanizable no significa que la junta no lo eche para atras. y además eso suele tradar bastante y se urbanizará en función de los intereses y usos que se le vayan a dar.
Además te recuerdo que el 1 de julio (o sea ya) entra en vigor la nueva ley del suelo que hace referencia a la venta de terrenos rústicos según su valoración actual y no el posible valor futuro.
entiendo que el comprador se quiere proteger ante la posibles consecuencias o su falta de futuras decisiones administrativas, pero tu puedes salir perdiendo, entre otros por que , salvo que actualizeis el precio, el dinero se deprecia.
la finalidad del terreno sera viviendas unifamiliares, en el contrato pretendemos poner clausulas muy claras sobre los plazos, que serán de dos años como máximo para que se urbanice, y si no es así perderían la señal entregada.
No sabía que cambiaba la ley, donde puedo consultarla?
Muchas gracias