el futuro propietario podrá vender una porción de 500 m2 únicamente a un lindante y de tal manera que esa porción, junto con la parcela a la que se anexiona, miden más de 1.500 m2 ... pero no podrá vender esa porción para constituirse en finca independiente
la posibilidad de que en esos 500 m2 se incluya la edificación auxiliar es algo especial, y es otro tema ... ya que caben varias posibilidades ... desde que en ese momento no exista problema, a que haya que demolerla ... pero ... es futuro
Buenas, me han realizado la siguiente consulta, y al no estar muy familiarizado con el urbanismo os la planteo.
Según el PGOU de un municipio de Asturias, en una determinada parcela, además de construir una casa, puede construirse también una edificación auxiliar (Garaje, tendejon, etc), que tendrá unas características determinadas y demás. Pues bien, al ser esa parcela lo suficientemente grande (2000m) como para cumplir con la medida minima para construir(1500m), y esa edificacion auxiliar ha de construirse dentro de los limites de la parcela actual. Pregunta: ¿qué ocurriría si en un futuro el propietario vendiese los 500 m restantes con la edificacion auxiliar dentro que se construyó segun las normas del PGOU? porque via Registro puede venderse lo que se quiera. ¿qué opináis?