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venta piso.

9 Comentarios
 
Venta piso.
22/11/2009 19:52
Mi cuñada va a vender un piso de su propiedad, pero desde hace 20 años ese piso por un problema y mal aconsejada está en escritura a nombre de mi Sra. y mío, según reza en el registro de la propiedad aunque nó en el catastro, hasta el día de hoy hacienda nunca me ha incluido el piso en los datos fiscales, ¿que solución tiene esto? gracias por vuestra contestación.
22/11/2009 20:34
En realidad si en las escrituras figuran ustedes como propietarios, eso le puede ocasionar un grave problema a su cuñada, ustedes son los propietarios reales de ese piso.
No tiene nada que ver que ella pague el impuesto "IBI" el pago de este impuesto no la hace ser propietaria.
Una propiedad si está registrada a nombre de unos personas, las puede conviertir en propietarias del inmueble.
Estas cosas no se pueden dejar así durante 20 años, su cuñada podría perder ese inmueble.
Soluciónenlo cuanto antes en una notaria y después en el Catastro.

saludos.
23/11/2009 12:33
Gracias por la contestación. Aunque legalmente el piso está a nuestro nombre no hay problema en que la propietaria es mi cuñada, quizás me expliqué mal, me refería a los tramites que hay que hacer en cuanto a la venta, mi sra. y yo podríamos figurar (según las escrituras) como vendedores, en la declaración de hacienda del próximo año no creo que tengamos que pagar puesto que el piso tiene más de 20 años a nuestro nombre (se hizo sin yo saberlo, puesto que ni tienen mi dni. en la nota simple)pero lógicamente yo no voy a tener el dinero, lo va a tener mi cuñada y otra pregunta, ¿me pedirá hacienda explicaciones del porqué no lo he declarado antes como propiedad?
23/11/2009 18:06
Sigan mi consejo, acudan a una notaria para solucionar este tema.
ella no puede vender ese piso porque está a vuestro nombre en escritura pública, aunque presente el recibo del IBI que sí está a nombre de su cuñada..
Si vende ese piso, ustedes figurarán como vendedores y lógicamente los impuestos los deben pagar ustedes, aunque el dinero se lo lleve su cuñada.
cuidado con esto.
Aunque lleve 20 años así, el que vende obtiene una plusvalía y ésta hay que declararla o comprar en el plazo de dos años otra vivienda con ese dinero.
repito, cuidado, consultenlo en una notaria (si su cuñada puede o no vender ese piso) y en hacienda también deberán consultar este tema.

saludos y suerte.
23/11/2009 21:52
Muchas gracias, haré las gestiones.
25/11/2009 12:30
Puesto al habla con una notaría me dá dos "soluciones"
- hacer un contrato privado de venta con fecha posterior a mi compra y ahora hacer escritura, con lo que mi cuñada sería la nueva propietaria y podría vender ella, con lo que - tendría que pagar por la escritura unos 12.000 € poniendo como valor de venta 153.300 €, y seguiría el prolema con hacienda.
-La otra solución y la que veo más factible es hacer yo la venta y un prestamo a mi cuñada con su correspondiente escritura ante notario y seguimos en éste caso con el problema ante hacienda que en éste caso sería mío . Aquí me dice que hacienda sólo me puede reclamar por los 5 últimos años y una posible sanción, al tener yo la invalidez absoluta no tengo obligación de hacer declaración de IRPF y aunque la hago para reclamar la retención que me hacen del 18% en unos plazos fijos, como propietario del piso no tendría que pagar. Tendría que dar como ingreso todos los años en la declaración la cuantía que pongamos en la escritura. ¿que opinais y si estoy dentro de la "legalidad"?
Nuevamente gracias.
25/11/2009 17:45
Ya le dije que en realidad ese piso es suyo, no su cuñada, el IBI no acredita la propiedad.
Efectivamente lo que le han dicho en la notaria es cierto.
Yo veo otra solución.
Hacer usted la venta al nuevo comprador, pero eso si, que su cuñada se haga cargo de todos los gastos, plusvalia y gastos de notaria, aunque el que realmente paga el impuesto de transmisiones patrimoniales es el comprador 7% a Hacienda.
Seria conveniente hacer contrato privado entre su cuñada y usted, es decir que el dinero de la venta lo perciba su cuñada y los gastos que origine esta venta se haga cargo también su cuñada.
Esta seria la forma en la que se ahorrarían mucho dinero. 12000 € en escrituras y pago a hacienda.
Ya le dije que no es buena idea poner a nombre de nadie los inmuebles.
El riesgo es grande al igual que los problemas que conlleva, sin contar gastos de impuestos, notaria etc.
saludos.
25/11/2009 23:15
Nuevamente gracias Isolda. Lógicamente mi cuñada correrá con todo tipo de gastos como plusvalía y lo que venga de hacienda. ¿Cuando dice "sería conveniente hacer contrato privado" se refiere a lo que yo indicaba en mi contestación de hacer un prestamo? yo al prestamo le veo el inconveniente de estar 25/30 años pendiente de hacer los ingresos en la declaración. En cuanto yo el próximo año haga la declaración del irpf y meta la venta del piso, hacienda me llamará y ¿que me puede pasar? Ya dije al principio que pusieron el piso a nombre de mi sra. aconsejada en su día por el notario.gracias.
25/11/2009 23:31
Menudo consejo le dio el notario.
A ver, que no me ha entendido.
Su cuñada quiere vender un piso no? pero está a su nombre correcto?
Yo le dije que la solución para evitar pagos innecesarios haria:
Según deduzco el piso se quiere poner a la venta, bien, pues esperen a tener un comprador en firme, cuando lo encuentren, los pasos son los siguientes:
Usted y su mujer son los únicos que pueden vender ese piso porque son ustedes los que figuran en escritura, por lo tanto son ustedes los dueños.
Al comprador le hacen un contrato de arras una vez que lleguen a un acuerdo sobre el precio de la vivienda.
Seguramente este comprador pida hipoteca al banco, el resto ya lo hace la gestoria del banco y notaria.
Su cuñada no puede figurar para nada en esa compra-venta.
Lo del contrato privado lo decia porque es una forma de asegurar que todo se cumpla, su cuñada se queda con el dinero de la venta y por supuesto ha de correr con los gastos de plusvalia y demás (notaria y hacienda)
En cuanto a usted, hacienda lógicamente le reclamará ese porcentaje de la plusvalia, por lo tanto al hacer la declaración de renta, lo que usted pague a hacienda por esta razón, es su cuñada la que ha de darle ese dinero, de ahí que les convenga hacer contrato privado, porque podría ocurrir que su cuñada se quedara con el dinero "limpio" de la venta del piso y ustedes corrieran con todos los gastos.
El que es prevenido, se lamenta menos.

saludos, espero que ya lo tengan mas claro.

26/11/2009 14:23
Isolda, lo tengo claro desde el principio, que soy yo el que tiene que hacer la venta, la declaración y que mi cuñada corre con todos los gastos, lo del contrato no hace falta, he tenido el piso a mi nombre 24 años sin más problemas, además el dinero de la venta tendrá que estar a mi nombre.Gracias y un saludo.