Hola, tengo un piso de vpo y quiero venderlo .
hay un precio maximo estipulado. Pero el precio por el que lo vendo lo supera en 10.000 euros.
ya que esta amueblado.
¿ Puedo en el contrato de arras poner los 10.000 eruros en concepto de enseres y muebles como señal pero que no es deducible del precio legal de venta ?
¿ en concepto de qué puedo poner esa cantidad y de qué manera para que se entienda que no se decuce del precio estipulado legalmente?
si alguien fuese tan amable de orientarme.
Gracias