Deben uds asegurarse de qué consta en el título constitutivo de su Comunidad al respecto de tal piso. Sólo necesitan la unanimidad si tal piso se encuentra descrito en el título como propiedad de la Comunidad, es decir, como bien común o procomunal. Si no queda acreditado que es un bien de tal naturaleza y lo es privativo, los propietarios que quieran vender pueden ejercitar judicialmente la acción de división para lograr que los propietarios que no quieren vender pasen por la venta, porque sin sentencia judicial a su favor, ningún Registrador ni Notario autorizaría la venta.
Como bien apunta Redd, hay que saber si un finca registral independiente, para conocer qué acciones les asisten, pero no siempre es necesaria la unanimidad, sólo si la decisión de venta implica la modificación del título constitutivo de la Comunidad a la que uds pertenecen.
Sin ver la documentación, esta es una opinión orientativa.
un saludo vlgabogada@hotmail.com
La comunidad es propietaria de un piso, en el mismo bloque comunitario, actualmente alquilado. Hay que hacer una serie de reparaciones y el 85 % de los vecinos estan a favor de su venta para no que no sea necesaria una derrama. ¿Que dice la ley al respecto?¿ Es lo que la mayoria decidá o con un solo vecino que no quiera vender es sufiente ?