En el apartado de ganancias patrimoniales introduce precio de compra o valor de adquisición y precio de venta.
Si no tuvo beneficios no tributará por este concepto.
En abril de 2013 fallece mi madre, en mayo 2014 vendo el piso que me dejo en herencia, mi padre fallecio en 1992 mi madre tenia el usufructo hasta su fallecimiento, mi pregunta es como lo reflejo en la declaracion de la renta 2014 si el piso en la escritua de herencia estaba valorado en 120000 euros y se vendio por esa cantidad, saludos