Una cosa que no habia tenido en cuenta es que el piso es vivienda de protección oficial de promoción privada. ¿Influye esto en cuanto a exención de impuestos en el caso que he expuesto?
Gracias, creo que es un detalle importante pero no me habia acordado antes de mencionarlo.
Gracias por contestarme, Ines. Algo así me dijo el banco donde he ido para solicitar la hipoteca, me aconsejan que en vez de compraventa se haga una cesión, supongo que es lo que tu me indicas.
A efectos prácticos es lo mismo, supongo, el piso queda a mi nombre únicamente y yo le doy la mitad del valor de tasación, no es así? Lo digo porque mi marido es muy suspicaz y puede pensar que quiero engañarle de alguna manera. ¿Como le explico la diferencia entre compraventa y cesión sin que se sienta que esta siendo perjudicado de alguna forma?
Gracias de antemano.
Si en lugar de separaros de hecho suscribís un convenio regulador en el que liquidáis este bien indivisible a favor de uno de vosotros compensando al otro, la sentencia de separación te servirá de escirtura pública notarial y , además, está exenta del impuesto de transmisiones patrimoniales. Si continuas queriendo separarte de hecho, la liquidación de la copropiedad la tendréis que hacer vía escritura notarial (en este caso estará gravada con un 0,5% sobre el valor del inmueble) y constituir una hipoteca para pagar a tu cónyuge el importe de la mitad del piso.
No hagas una compraventa, Si haces compraventa pagarás un 7% sobre el importe de la mitad en lugar del 0,5% sobre el importe del total por lo que te sería fiscalmente más gravoso.
Mi marido y yo nos vamos a separar de hecho. Quiero decir que yo me quedo a vivir en el domicilio conyugal y él se irá a vivir a otro piso, pero, de momento sin mas, es decir, sin solicitar separación legal.
Nuestro régimen es separación de bienes y tenemos el piso a nombre de los 2, pagado en su totalidad. Hemos decidido que yo le compre su parte del piso para que él pueda acceder a la compra de otro piso. Para comprarle su 50% del piso tengo que hipotecarlo.
¿Alguien puede informarme como se puede hacer esto? ¿Hay algun problema o algun trámite especial por el hecho de seguir casados?
Gracias de antemano.