A pesar de que mercantilmente el socio puede fijar el precio de venta que tenga por conveniente, el Derecho fiscal te obliga a vender a un precio no inferior al de mercado.
Para fijar ese precio de mercado, habrá que seguir las reglas fijadas por el Impuesto sobre el Patrimonio, que establecen que el valor de mercado será el mayor de los tres siguientes parámetros (salvo que el balance haya sido auditado, en cuyo caso habrá que estar a lo que resulte de la auditoría):
- Valor nominal.
- Valor teórico resultante del último balance aprobado.
- Valor resultante de capitalizar al 20% (esto es, dividir por 0,20) el promedio de los beneficios de los 3 ejercicios sociales cerrados con anterioridad a la fecha de devengo del impuesto.
Échale un vistazo a los arts. 26 y ss de la LSRL, de cuya lectura parece deducirse q el precio lo fija el socio y las leyes de la oferta y la dda, esto es, si hay dda le pagarán un precio caro, sino, al contrario.
Yo tb consultaría, aparte de alguna doctrina y/o jurisprudencia al respecto, al notario ante quien se vendan, es gratis. Saludos y si puede ser, cuenta luego cómo lo has hecho.
cual es el precio para la venta de unas participaciones sociales de una sociedad limitada, un socio quiere vender sus participaciones a un tercero, será el precio que se estipulo en su dia o actualizado o como?