La segregación superarÃa ampliamente la unidad mÃnima, aún asà deberá de pasar ese trámite en el Ayuntamiento correspondiente.
Mi duda era si podÃa ante Notario hacerse esa venta sin necesidad de segregar previamente en Catastro, participando en el acto en NotarÃa ambos titulares de la totalidad: el que vende su 1/2 y el que conservará su 1/2, reflejando en un documento la conformidad a la división con su plano y coordenadas de la configuración del acuerdo de división de la parcela.
Gracias.
Si, porque si no segregan, no vende una parte concreta que es la mitad de la finca sino el 50% de toda la finca en copropiedad.
Otra es que, si la superficie a segregar no llega a la unidad mÃnima de cultivo, no le admitirán la segregación.