tenemos unas fincas heredadas de nuestros abuelos que no tienen escrituras ni están en el registro de la propiedad. En el catastro si que aparecen a nuestro nombre y pagamos la contribución por ellas.
Ahora queremos venderlas, y nos gustaría saber cómo podría el comprador inscribirlas en el registro de propiedad como suyas.
Hemos oído la posibilidad de registrarlas mediante escritura previa, por la cual se transmita la parcela a favor de tercera persona, conyugue, hijos, padres...etc
si están heredadas, será en una escritura de adjudicación, ¿o no?
si nunca han estado registradas, lo normal es que puedan inscribirse tras constar en dos escrituras públicas de transmisiones sucesivas
si la adjudicación de herencia es en escritura pública, con la de compraventa ya debiera de ser suficiente para que el comprador pueda inscribirla
de requerir una escritura previa, lo típico es aportar la finca a la sociedad de gananciales (no paga ITP) y vender acto seguido
la inscripción en el registro, aún siendo posible, puede no ser inmediata
el notario os lo explicará gratis y mejor, a la vista de la documentación existente