¿Quiere decir esto que, aunque el vendedor ofreciera una garantía para mitigar mis dudas precisamente acerca de los vicios ocultos del reproductor de CD que compraba, esta garantía no ofrece protección alguna y no puede ser reclamada?. A un lego en leyes suena sorprendente, precisamente por esto me resultan valiosas sus opiniones.
Hola
Si la compra se ha hecho entre particulares, no rige el contrato de garantía y la única garantía que usted tendría sería la común del código civil (vicios ocultos), pudiendo solicitar la resolución del contrato o la reclamación de daños y perjuicios.
si necesita ayuda, consejo o cualquier escrito puede contar con nosotros
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Recientemente, he adquirido un aparato de audio a un particular. Durante la negociación, tratando de solventar mis dudas, el vendedor me ofertó por escrito una garantía de 6 meses como muestra de que el artículo estaba en buen estado.
Ahora, dos meses más tarde, el artículo ha empezado a fallar. Me he puesto en contacto con el vendedor, que se desentiende totalmente de la garantía ofrecida.
¿Cómo podría reclamar la garantía ofrecida?. ¿Qué acciones adicionales se podrían ejercer contra el vendedor?.
Ya no es sólo una cuestión del estado del bien vendido, ni puramente económica; me parece impresentable que, tras ofrecer la garantía, el vendedor ahora renuncie a asumir responsabilidad alguna.