Pues salvo mejor opinión, pienso que ni una ni la otra. Siendo una casa en construcción, te tomarán como valor de adquisición el coste de construcción de la misma. Tendrás que rescatar las facturas que tengas relativas a la construcción.
De todas maneras, si la terminaste en el 87 y puedes demostrarlo, el impuesto será poco.
Saludos.
En el año 1987 terminé la construcción de una casa que me construí yo mismo. La casa, no se escrituró nunca ni tuvo valor catastral hasta el año 94 que pasó el catastro y la valoró en 9 millones de pesetas.Yo, desde el 87 venía declarando a hacienda un valor de 1 millón de pesetas yasta que intervino el catastro. En el 2.004 la he vendido por 15 millones de pesetas (90.000 Euros), como no estaba escriturada, asesorado por un abogado, se declaró como obra nueva y se realizó la venta. Mi pregunta es: A la hora de calcular el impuesto por incremento patrimonial, ¿ Que valor de adquisición tomará hacienda,1 millon que declaré en 1987 entendiendo ésta como fecha de adquisición, o por el contrario tomará el valor catastral que la pusieron en el 94 tomando ésta como fecha válida ?
¿ Cuanto tendré que pagar por éste concepto?