Si vendes antes de tres años la vivienda debes devolver todo lo deducido, a no ser que estes dentro de unas causas (matrimonio, separación, etc) y otras análogas. ¿Qué es análogas?¿Lo que es análogo para mí lo es para la administración?
por que dices que no? Yo tambien tenia entendido eso. Que si no has vivido en ella 3 años, no se considera vivienda habitual y hay que devolver lo que te has desgravado.
en el 2003 compre una vivienda i ahora en el 2005 me la vendo i me compro otra , me han comentado que la primera vivienda no se considera vivienda habitual i que lo que nos desgrabo en el 2003 lo tenemos que devolver, es cierto?