soy propietaria de un piso que constituye mi vivienda habitual desde hace 3 años mas o menos, ahora lo voy a vender pq he comprado otro más grande, ¿Tengo que tributar por la ganancia patrimonial? o como el dinero lo voy a invertir en la nueva vivienda habitual no tengo que tributar por esa ganancia?
PUNTUALIZACION.- para poder aplicar la exencion por reinversioon es necesario que la vivienda que se trasnmita hubiera tenido la consideracion de vivienda habitual durante un plazo al menos de tres años.salvo mejor opinion