Mis padres ha adquirido por herencia de un hermano fallecido, vivienda VPO. La citada vivienda fue adquirida por mi hermano de un primer adjudicatario.La vivienda fue adjudicada en el año 1982 y mi hermano la compro en el 2000. Considerais que la descalificación es automatica considerando que han transcurrido 30 años desde la primera adjudicación y en consecuencia se puede vender sin autorización previa?. Quedo pendiente de vuestros comentarios.Gracias
No entiendo porque me remites al Ayuntamiento. La vivienda en una VPO de la Comunidad de Madrid y por tanto adjudicada por el Instituto de la vivienda de Madrid.
Si estoy en un error en algo te agradeceria me lo indicaras.
Gracias