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Venta de tierras con el pago aplazado

3 Comentarios
 
Venta de tierras con el pago aplazado
28/02/2011 14:48
Buenos días.
Tengo un familiar que va a vender unas tierras de cultivo. El caso es que el comprador ha puesto como condición el meterse a cultivar inmediatamente, pagando un adelanto (el 17%) y el resto dentro de varios meses.
Las fincas han estado en barbecho en los últimos 7 años.
No sé cómo funcionan estos asuntos, pero a priori me parece muy extraño que quiera entrar sin pagar el total.
¿Por favor, alguien que entienda de este asunto sabe si puede haber algún peligro o trampa, o sabe quién puede aconsejarme o darme más información?
Muchas gracias.
Un saludo.
Iñigo
28/02/2011 15:33
No hay ningún problema.
Las condiciones de un contrato de compra venta son disposiciones que pueden ser fijadas por ls actuantes del contrato, lo que si debe quedar reflejado son esas disposiciones particulares, de tal manera que no quede duda de como cuando y cuanto.
Simplemente que todos estos aspectos deben estar reflejados en el contrato.
Es muy sencillo contrato de compra y venta con clausulas determinantes y definitivas.
01/03/2011 11:53
Muchas gracias xpresso01.

Entiendo que por tanto debe quedar reflejado que el pago definitivo se hará antes del día tal, mediante ingreso en efectivo en la cuenta tal.
Y que si no se realizara el total del pago, deberá abandonar inmediatamente la finca, perdiendo los cultivos que hubiera podido sembrar. Y el dinero adelantado.
¿Es correcto?
01/03/2011 19:03
Todas esas clausulas, la entrada, la fecha de compraventa etc son aspectos del contrato quedeberás acordar con el inquilino.
Es lógico penasar que la anulación de un contrato de compraventa debe llevar penalización por el uso que se haga de la tierra en caso de que no fructifique el negocio.
Mi recomendación es que el contrato lo hagas por medio de un abogado y que pase por el correspondiente registro.
En todo caso no firmes nunca nada que tu no hayas hecho.
El que quiere alquilar o vender se debe avenir a lo dispuesto por el vendedor, salvo aspectos que deberán ser consensuados por ambas partes.