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Venta de solar procedente de herencia

7 Comentarios
 
11/09/2006 12:21
Muchas gracias Agua, ya encontré la regulación y como decía arriba veo que a fecha de la fecha de la adquisición del solar 28/12/88 no han transcurrido los 10 años que se precisan para la exención, pero a propósito de lo que dices sobre el cambio de normativa sabrías en que sentido va cambiar más o menos pues la venta esta apalabrada pero si es interesante a efectos fiscales se podría demorar su concrección a Enero del 2007.
11/09/2006 11:11
La norma de los 10 años está en la Disposición Transitoria 9ª de la vigente Ley del Irpf 3/2004. Se puede encontrar en varios sitios, también en la buena web de la AEAT.

Esta normativa cambiará algo a partir del 1 de enero 2007 a tenor del texto que está ahora mismo entrámite parlamentario.
11/09/2006 10:33
Perdonado, gracias por la matización Agua, aclararte que mi abuela murió en 28-12-88 y desde esa fecha el solar es propiedad de mi madre, te agradecería que me indicases la regulación en la que puedo consultarlo o que me ayudes si puedes, gracias.
08/09/2006 18:43
Perdón que interrumpa: Para que el inmueble esté exento han tenido que pasar 10 años antes del 31-12-96.
08/09/2006 13:27
Por favor José Manuel E. dime donde se encuentra regulado lo que me dices en tu mensaje. GRacias otra vez
07/09/2006 13:59
Muchas gracias lo primero por contestar.Bueno precisando más el solar era de mi abuela y ella murio hace 18 años siendo su unica heredera mi madre que es la dueña del sólar, entonces creo que con lo que me dices queda contestada la pregunta, pues han transcurrido más de 10 años desde que ella es la titular pero ahora me surge otra, luego el dinero que ingresen cómo tienen que tributarlo pues tienen idea de comprarse una casita en el pueblo y no saben si además tienen que pagar por otros conceptos como por ejemplo Impuesto sobre el Patrimonio etc, etc...
Muchas Gracias por tu ayuda.
07/09/2006 09:49
Lo primero que tienes que hacer es saber el año de adquisición del solar. Si han pasado más de 10 años desde la adquisición y la venta no tienes que pagar nada por IRPF. Si han pasado menos años tributa al 15% sobre la ganancia obtenida.

Si ha pasado menos de un año, cosa que creo que no es el caso, tributa a un tipo mucho más alto.
Venta de solar procedente de herencia
07/09/2006 09:11
Hola amigos, mis padres van a vender un solar por un importe bastante alto, perdonar que no os lo diga, y el problema es que no sabemo como va a tributar dicha cantidad. podriais darme alguna pista para empezar a ver que podría ser lo más conveniente.