Pero ojo, el nuevo propietario sólo pueden reclamarle el año actual y al anterior, si hay deudas de años anteriores deben ser reclamadas al anterior propietario.
la comunidad debe reclamar las deudas pendientes hasta el momento de la transmisión de la propiedad al nuevo propietario. Es un problema suyo ( no de la comunidad) reclamarle a la persona que le vendió el piso con cargas por no haber pedido al vendedor, el certificado correspondiente en su momento. Le dices al nuevo propietario que es su obligación asegurarse de que no se debe nada, a lo mejor llegaron a un acuerdo de rebaja en el precio a cambio de que pagara lo que se debia, eso a la comunidad no le importa , tu pasa la totalidad de la deuda al nuevo propietario y él hará lo que proceda, por el momento pagar y luego si quiere reclamar al vendedor. Saludos
El problema es que el anterior propietario debia dinero a la comunidad y a vendido la vivienda a otro sin pedir el certificado a la comunidad.¿A quien se le reclama ahora la deuda ,al nuevo propietario o al anterior? gracias anticipadas.
No debe pero si puede, si el comprador y el vendedor están de acuerdo. Si en este caso el comprador no está seguro de si todo está en orden, puede reclamar al vendedor, el certificado correspondiente aunque el notario no lo solicite. Es obligación del comprador reclamarlo y del vendedor aportarlo, si hay buena fé por las dos partes, si el vendedor dice que no es necesario, puede sr cierto, pero yo desconfiaria por si acaso. saludos.