Hola! Se me ha planteado una duda en relación con el siguiente supuesto. Piso propiedad de 7 hermanos. La Administración (no sé si Hacienda o Seguridad Social) embarga las cuotas de propiedad correspondientes a 2 de esos hermanos. Los 5 hermanos restantes se plantean vender el piso. No tengo más datos. Entiendo que si la administración ha ejecutado el embargo: primero, tendrá que aparecer así recogido en una nota marginal en el registro de la propiedad; segundo, que la administración sacará a subasta esas 2/7 partes del piso. Considero que lo más normal es que si a los 5 hermanos restantes les interesa conservar la propiedad, se presenten a la subasta. Sin embargo, su intención es vender el piso. Con esta opción no estoy muy de acuerdo pues si se ha ejecutado el embargo, la administración es propietaria de 2/7 partes del mismo. Me gustaria conocer opiniones sobre este supuesto y si me he equivocado en mi planteamiento. Gracias.