Buenas tardes, paso a exponerles mi consulta es algo larga, pero intentare resumir lo mas que pueda.
Vinimos en un piso de renta antigua el contrato es del año 1964, el edificio consta de 24 pisos pero solo 9 son de renta antigua, el propietario a vendido esos 9 pisos a una inversora, y nos han echo llegar la compra por medio de una notaria para ejercer el derecho de retracto en 30 días, pero no nos interesa comprar ni es viable en nuestra situación , ahora bien mis preguntas son las siguientes:
Dicha inversora puede subir el alquiler o ha de seguir igual subiendo lo que corresponde cada año?
En el caso de que mi madre falte que es la titular del contrato ,aunque yo vivo con ella desde que nací en el año 66,tengo entendido que puedo pedir la subrogación del piso es así? cuanto tiempo duraría esa subrogación y cuanto seria el incremento de la renta?
muchas gracias.
1.- La inversora tendrá que respetar el arrendamiento tal y como se encuentra ahora mismo.
2.- Usted puede subrogarse pero solo durante 2 años salvo que tenga usted una minusvalia de al menos el 65%.