se trata de una comunidad de propietarios de 4 viviendas y un local, yo soy el propietario de 3 viviendas, lo que supone un porcentaje de acuerdo a la division horizontal del 54% (3x18%) CADA VIVIENDA
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Hace unos 10 años, vendi la vivienda del piso primero la cual tiene un acceso a un patio de luces , siendo esta la unica vivienda que tiene acceso ( el edificio se construyo en 1952).
Desde ese año, el propietario de la vivienda del piso primero es el unico que ha tenido el uso y disfrute del mismo( es el unico que accede directamente desde su vivienda)
Pues bien, el problema es que al vender la vivienda (incoscientemente), se puso en la escritura que se vendia la vivienda y el patio correspondiente (algo que ahora que ha surgido el problema me consta que no se puede hacer y que en aquel momento no recapacite).
Pues bien ahora resulta que el tanto el dueño del local , como un nuevo dueño que ha adquirido el otro piso que quedaba, me quieren denuciar por haber vendido un patio de luces comunitario.
Me gustaria saber que consecuencias puede tener esta situación, que evidentemente se hizo por desconcimiento, pero en la escritura se puso que se vendia la vivienda y el patio.La vivienda tiene 157 m2 y el patio 23 m2.
Lo que más raro resulta es que se transcribiera el bien vendido con el patio si en el título que usted exhibió al Notario no constaba ese elemento. Supongo que las relaciones entre todos son tan rancias que no serán capaces de llegar a un acuerdo. Espere usted la demanda y a la vista de su contenido plantee la correspondiente defensa. No es facil demandar.