Buenas tardes compañeros,
preguntaros la duda siguiente: en una comunidad de bienes dedicada al cultivo agrario con 3 socios uno fallece. Los otros dos tienen un sinfín de desavenencias por lo que uno le vende a otro su participación en contrato privado sin que haya junta de comuneros (transmitente, adquirente y herederos del fallecido) y sin ofrecer a los herederos dichas participaciones. Llevo al adquirente que pese a firmar el contrato, no ha hecho abono del precio y que ahora entiende sobrevaloradas las participaciones y me pide que inste la nulidad.
Personalmente no le encuentro vicio alguno, más allá de que se quiere rebajar el precio a toro pasado, pero quizás se me escapa algun requisito especifico de las comunidades de bienes.
¿Cómo lo veis? Y gracias de antemano por vuestra ayuda.