Muchas gracias por toda la información. Finalmente, me han aconsejado realizar una resolución de la compra, porque sería más segura, y tengo 2 dudas.
1) La resolución de la compra va a ser por un precio inferior de la compra-venta, del contrato, ¿es eso es posible, verdad?
2) Y los impuesto que me correspondería pagar sobre que importe sería sobre el dinero que me pagaron en su momento por la compra-venta (30.000€), sobre la resolución del compra-venta(22.000€) o sobre la diferencia(8.000€). En su momento ya pague impuestos por la venta por el porcentaje correspondiente a esos 30.000€
Tiene usted que ir a un abogado de su confianza a que le de el enfoque más práctico, tras estudiar la situación. Lo primero, ver qué documento de venta firmó usted, después ver el trozo de terreno que creía haber comprado el difunto, tras ello evaluar la actitud de los herederos y, en fin, hacer un trabajo en esté todo encima de la mesa.
Entiendo, pero no quiero recomprar nada a personas que no sean las propietarias, y hasta que no acepten la herencia no serán las propietarias. En un futuro puede surgir otro heredero, que yo desconozco y que si acepte la herencia, y me haga esa reclamación, ¿estoy en lo cierto?
Lo cierto es que usted pudo vender un porcentaje de la propiedad de la parcela, pero sin posibilidad de individualizarlo en una determinada parte de la misma. A los herederos les correspondería ese porcentaje de la parcela, pero nunca un trozo. Por lo demás, no es asunto suyo si los herederos no aceptan la herencia, pues se trata de algo que ya no es de usted, por lo que emplea correctamente el término "recomprar" como único medio para volver a hacerse con ese porcentaje de propiedad. Los herederos le aceptarán cualquier cantidad de dinero, porque al parecer no les interesa la herencia, y su abogado le puede hacer un documento privado, de andar por casa, en el cual le ceden el porcentaje. Con ello, los herederos jamás reclamarán nada, acepten o no la herencia.
Muchas gracias por responder.
Hay varios problemas o cuestiones.
1) El problema, es que la parcela se vendió en perfectas condiciones, y ahora esa parcela está descuidada, con una casa que hoy está hecha polvo, y el valor no se corresponde con el valor que el difunto pago, sin contar que ha disfrutado de la vivienda durante tantos años. Yo a los herederos les ofrecí una cantidad y aceptaron, pero al no aceptar la herencia no se produjo la recompra.
2) Si decido vender la finca, y los herederos aceptan la herencia, ¿pueden reclamar la totalidad del precio de la compra? ¿los herederos pueden reclamar por un contrato realizado por un difunto?
3) Si vendo y no aceptan la herencia, ¿qué sucede?, ¿el futuro comprador puede registrar toda la propiedad a su nombre, porque eso es lo que querrá hacer?
4) Si vendo la parcela, ¿tengo que comunicar a los herederos la venta y el precio de venta?
5) Tengo que comunicarle al nuevo comprador de está situación, yo quiero vender y olvidarme de todo esto, incluso no me importaría vender por debajo de su valor, para que el futuro comprador, fuera la persona que tiene que responder frente a herederos.
Usted y el comprador no pudieron acordar una venta imposible, como si intenta vender el cuarto de baño de su casa. Venda con toda confianza su parcela (entera) y haga el ofrecimiento de devolución del dinero a los herederos que acepten la herencia.
Venta de parcela sin segregación y aceptación de herencia.
Buenas,
Tengo esta consulta. Tengo una parcela rustica y hace ya más de 15 años vendí parte de la parcela pensado que estaba segregada. La parcela se ha inscrito en el catastro a nombre del comprado, pero hace 4 años, el comprador me comento que no podía inscribirla en el registro porque le rechazaban la documentación de segregación al no estar realizada por el ayuntamiento, era por la comunidad, y es imposible segregar ya la parcela.
Durante este tiempo hemos intentado solucionarlo, pero hace 2 años este propietario ha fallecido y los herederos no han aceptado la herencia, con lo que no son los propietarios y por eso no hemos podido recomprarla.
Actualmente, la parte vendida se encuentra en el catastro registrada a nombre de uno de los herederos, pero en el registro de la propiedad esta a mi nombre.
Me dispongo a vender mi parte de la parcela, y mi consulta es la siguiente.
1) ¿sería posible vender mi parte de la parcela a un tercero, incluyendo en la compra venta, que puede existir una reclamación por parte de los herederos de otra parte, para excluirme a mi de responsabilidad frente a ellos, y que el nuevo comprador es el responsable si sucede alguna reclamación?
2) Si los herederos no aceptan, la herencia y yo no puedo recomprar, ¿podría vender la parcela en su totalidad? ¿Qué consecuencias podría tener?
3) Si se vende la parcela a un tercero, y se lo comunico a los herederos, que los responsables son ahora la nueva parte compradora, ¿ellos podrían ejercer alguna acción legal contra mi o tendría que ejecutarla contra tercero al haber aceptado estás condiciones el tercero?
Es una situación compleja, y no se como proceder, mi intención es poder vender la propiedad rustica sin perjudicar a nadie, ni a mi en un futuro.
Cualquier ayuda o comentario, se agradece.
Saludos