¿Que ocurre si en un acuerdo de divorcio el marido ha asumido pagar los dos créditos hipotecarios que quedan por pagar, aunque las dos hipotecas están a nombre del marido y de la esposa y ahora justo antes de ratificar dicho acuerdo ante el juez, el marido es incapaz economicamente de afrontar esa hipoteca? ¿puede vender su parte aunque en el convenio de divorcio se haya acordado la venta de la casa dentro de dos años haciendo coincidir la mayoría de edad de la hija pequeña?
Si se ha asumido el pago de las dos hipotecas por parte de esta persona entiendo que se habrá adjudicado también la vivienda, si no no tendría sentido. Es decir, tendríamos una vivienda que es titularidad de una sola persona (el marido) con una hipoteca, dos, o las que sean sobre ella, en la que la ex que ya no es copropietaria sigue de titular, y un hijo con derecho de uso otorgado judicialmente. Pues bien, por supuesto puede vender su vivienda, pero con la carga del derecho de uso otorgado al menor. Es decir: le darán bastante menos ahora mismo de su valor de mercado (salvo que encuentre un comprador que no le importe no poder ocuparla hasta dentro de X años). Si no paga la hipoteca se embargará la vivienda por parte del banco, que este en cambio no tendrá por qué respetar el derecho de uso del menor, ya que entiendo que la constitución de la hipoteca sería anterior a esa sentencia de divorcio y el préstamo hipotecario se estableció sin esa carga. Si la vivienda vale más que el restante del crédito hipotecario (más todos los gastos por ejecución que puedan resultar imputables), dado que es la garantía principal se cobrarán la hipoteca con esa vivienda, poniéndola a la venta o quedándosela el banco y pagándote a ti lo que sobre. Si no fuera suficiente os podrían embargar a cualquiera de los dos, a ti o a tu ex, al ser ambos deudores solidarios, aunque todo lo que le embargaran a ella te lo podría exigir luego a ti (embargándote también si es necesario) mediante demanda por repetición.
Una opción sería negociar con el banco una dación en pago, si puede ser manteniendo el derecho de uso el tiempo que corresponda, pero depende de valores concretos y demás, por supuesto.
Muchas gracias por la pronta respuesta.
No me he explicado bien, ruego me disculpes.
En la firma del convenio regulador, el marido asume el pago de las dos hipotecas que tiene el piso pero las dos hipotecas están a nombre de los dos : la esposa y el esposo y han acordado no venderla hasta dentro de dos años que la hija menor cumple 18 años, y que del dinero que se obtenga de la venta se repartira al 50% y que el marido de ese 50% se compromete a pagar lo que quede de pagar de la hipoteca de la casa. Hasta dentro de dos años siguen viviendo la esposa y dos hijas, aunque una es ya mayor de edad y economicamente independiente.
Aunque no hayan ratificado el convenio ante el Juez este es un verdadero contrato con plena fuerza legal para ustedes, de manera que su marido debe cumplir lo estipulado en el mismo y por tanto no podrá proceder a la venta del inmueble hasta que transcurra el plazo acordado.
Gracias por su respuesta.
Pero el ahora por motivos laborables no puede hacer frente a la hipoteca que se comprometió a pagar en el convenio, ¿aún asi no puede vender su 50% del inmueble?
Un saludo.
Gracias
Buenas tardes,
Muchísimas gracias por toda vuestra ayuda.
Se firmó así por resolverlo a la mayor brevedad. La pensión alimenticia es baja de 150€. Pero las dos hipotecas están grabadas a nombre de las dos pero la vida le ha dado un revés al esposo y ahora no puede pagarlas por eso desea vender su parte, que por supuesto se la ofrecería a ella en primer lugar.
¿hay posibilidad de vender su parte? está acordado vender la casa en el 2020.
Un saludo y muchísimas gracias de nuevo.