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Venta de inmueble

4 Comentarios
 
Venta de inmueble
27/05/2024 19:13
Hola buenas tardes tenemos una propiedad a nombre de 2 personas. Cuando vayamos a la notaría a hacer la venta,se puede cobrar o bien con cheque o con transferencia a nombre de una sola persona? Y en caso de ser así cuando se haga la declaracion de renta habrá que pagar mucho?
27/05/2024 20:36
marisilla
¿Quiere decir Vd. que el dinero se lo va a quedar todo uno solo de los propietarios?
Es probable que el comprador no lo acepte.
27/05/2024 23:51
Con los escasos datos que aporta es difícil opinar.

En cuanto a la transacción, el comprador debería pagar a cada copropietario en función de su % de propiedad. Si luego vds han acordado que uno solo se va a quedar el dinero es un asunto que pueden resolver a continuación, pero esto será una donación por la que tendrán que tributar. Aunque el comprador accediese a pagar el total a uno de los dos eso no cambia el hecho de que se estaría produciendo una donación. En este caso habría que saber si entre esas dos personas hay algún vínculo familiar, de que comunidad autónoma se trata, etc.

En cuanto a que si habrá que pagar mucho en la declaración de la renta, pues depende de varios factores. Lo que tributa es el beneficio obtenido, es decir, la diferencia entre el valor de venta y el valor de adquisición en su día (tanto si fue por compra, herencia, donación, etc). Puede haber otros factores que afecten, como si es la vivienda habitual y la edad de los vendedores, si la ganancia se reinvierte en otra vivienda habitual, etc.
28/05/2024 08:16
mark9
Buenos días se trata de madre e hijo y está a nombre de los dos. El hijo invertirá el dinero en comprar otra propiedad,por eso digo el caso de cobrar a nombre de uno solo y si luego hay que pagar fn la declaración pues se paga. Se puede hacer? Gracias
28/05/2024 09:00
Depende de qué queráis hacer vosotros, no de que se pueda o no se pueda.
¿Ese dinero, o esa propiedad que se comprará con ese dinero, será propiedad del hijo, o de ambos?
Si se quiere que sea del hijo hay que hacer una donación, y este tendrá que presentar después el impuesto de sucesiones y donaciones. La donación se puede hacer o bien ya del propio inmueble antes de la venta (se le puede decir al notario y que prepare la escritura de donación y la venta solo a nombre del hijo), o bien del dinero una vez cobrado. Si se hace de la primera forma se le deberá pagar solo al hijo, si se hace de la segunda a ambos (en dos cheques o transferencias, o bien a una única cuenta con ambos como titulares).
Las cosas se deben hacer de una manera u otra según qué queráis hacer vosotros, y para ninguna debería haber ningún problema, pero no se empiezan las cosas por el final, de a quién está a nombre el cheque. Estará a nombre de quien deba estar según hayáis decidido: si vendéis los dos, deberá pagarse a los dos según su cuota de propiedad, y luego os hacéis las transferencias entre vosotros o como queráis, pero no es el momento ni la forma de hacer una donación, poner el cheque a nombre de uno solo.