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Venta de inmueble

3 Comentarios
 
Venta de inmueble
27/05/2024 15:01
Buenas tardes tenemos una casa a nombre de 2 personas. Ahora la vamos a vender, se puede cobrar con un cheque o transferencia a nombre solo de una persona?. Y si fuera así en la declaración de la renta habría que pagar mucho?
Gracias
27/05/2024 15:18
En esta web, no sectratan estos temas.
La misma, va sobre problenas de la LPH. NO DE compra de viviendas
27/05/2024 19:09
jalisco
Ok pues me puedes indicar donde lo expongo?
Gracias
09/06/2024 10:13
marisilla
Buenas tardes. Sí, es posible recibir el pago de la venta de una casa mediante cheque o transferencia a nombre de una sola persona, aunque la propiedad esté a nombre de dos. Sin embargo, hay algunas consideraciones importantes que deben tener en cuenta:

Consentimiento de ambas partes: Ambas personas propietarias deben estar de acuerdo con que el pago se realice a nombre de una sola. Es recomendable que este acuerdo quede por escrito para evitar futuros malentendidos.

Reparto del dinero: Aunque el pago se haga a nombre de una sola persona, es importante que se reparta el dinero según lo acordado entre ambas partes propietarias.

Implicaciones fiscales: En términos de la declaración de la renta, ambas personas deberán declarar su parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida por la venta de la casa. La ganancia patrimonial se calcula como la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de venta del inmueble.

Declaración de la Renta

Para efectos fiscales, cada propietario deberá declarar su parte de la ganancia patrimonial. No importa que el pago se haya recibido en la cuenta de uno solo; lo relevante es la titularidad del inmueble y el reparto de la ganancia. La cantidad a pagar en impuestos dependerá de varios factores, entre ellos:

Valor de adquisición y valor de venta: La ganancia patrimonial se calcula restando el valor de adquisición del valor de venta.

Coeficientes de abatimiento (si aplican): En algunos casos, las propiedades adquiridas antes de una fecha determinada pueden beneficiarse de coeficientes reductores.

Otros gastos deducibles: Costes como reformas, comisiones de la inmobiliaria, etc., pueden deducirse del valor de la ganancia patrimonial.

Tipo impositivo: La ganancia patrimonial tributa en el IRPF a tipos que van desde el 19% hasta el 23%, dependiendo de la cantidad de la ganancia.

Ejemplo

Supongamos que el valor de adquisición de la casa fue de 200,000 € y el valor de venta es de 300,000 €. La ganancia patrimonial total sería de 100,000 € (300,000 € - 200,000 €). Si cada propietario posee el 50%, cada uno deberá declarar una ganancia de 50,000 €.
Recomendaciones

Consultar con un asesor fiscal: Es altamente recomendable consultar con un asesor fiscal para que los guíe en el proceso y asegure que todo se haga correctamente, evitando así posibles problemas con Hacienda.

Documentación clara: Mantener toda la documentación relativa a la compra, mejoras y venta del inmueble para poder justificar los valores declarados en caso de ser necesario.

Espero que esta información te sea de ayuda. Si tienes más preguntas o necesitas más detalles, no dudes en preguntar.