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Venta de inmueble y uso de la ganancia en vivienda habitual

5 Comentarios
 
Venta de inmueble y uso de la ganancia en vivienda habitual
28/06/2024 06:50
Buenos días mi consulta es la siguiente Voy a vender un inmueble de mi propiedad a 125.000 euros, lo compré en el 2020 por 82.000 Cuando compré el piso no estaba casada, hoy por hoy estoy casada en gananciales.Mi idea es vender el piso y cancelar una hipoteca que tiene mi pareja, que es la vivienda habitual del matrimonio, con lo que invertiría 70.000 euros en esa cancelación.Querria saber si al ser vivienda habitual e invertir las ganancias ahí,no se pagan impuestos por las ganancias ? y por otra parte lo que sobra de esa cancelación, 55.000 euros ,hay que pagar por eso a hacienda?? Está pregunta es sobre todo para saber cuándo dinero tengo que reservar para los impuestos.Muchas gracias
28/06/2024 10:39
Rosa77
Siendo la vivienda familiar, si Vd. aporta 70.000 € para cancelación, habrá reinvertido 35.000, salvo que su marido aporte otros 70.000.
28/06/2024 13:56
La exención de impuestos por reinversión en vivienda habitual solo es aplicable si la vivienda que se vende era la habitual y se reinvierte enteramente; si no vivías ahí desde hace al menos 3 años no puedes porque no es vivienda habitual, y tampoco podrías reinvertir menor cantidad como es el caso. Lo que sí podéis hacer para aprovechar esta deducción es vender las dos casas y comprar otra, pero si no no entra en los supuestos previstos, además de que (aunque fuera todo a esa vivienda) debería haber una transmisión de parte de la propiedad de tu marido a tu nombre.
Puedes cancelar esa hipoteca sin problemas (aunque reflejadlo bien si es posible ante notario porque el bien es privativo suyo), pero no acogerte a la deducción por reinversión en este caso.
28/06/2024 13:58
Tendrás que declarar una plusvalía de 43 mil euros (125 menos 82 mil, a descontar además gastos tanto de compra en su momento como ahora de venta), en la próxima declaración del IRPF.
28/06/2024 14:02
Quiero decir: menor cantidad de la que compraste (82.000), por la que ya no pagas. Sí que podrías deducir (si fue vivienda habitual) como reinversión parcial lo que exceda de 82 mil, por ejemplo si gastaras 100, podrías deducir 18 mil de la plusvalía. Pero si lo que inviertes es menos de lo que gastaste en un principio, no hay ninguna ganancia por la venta (plusvalía) que haya ido a reinversión, sino lo que ya gastaste.
Tienes los criterios aquí:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-ayuda-presentacion/irpf-2023/7-cumplimentacion-irpf/7_6-ganancias-perdidas-patrimoniales/7_6_5_ganancias-excluidas-gravamen-supuestos-reinversion/7_6_5_1_exencion-reinversion-vivienda-habitual.html
29/06/2024 23:58
Gracias por sus respuestas.Me he olvidado decir que el piso que vendo ha sido mi vivienda habitual desde que me lo compré, estando empadronada en èl, todas las ganancias de la venta las quiero invertir en cancelar la hipoteca de mi marido, estamos en gananciales.La plusvalia sería muy cara? Es en función de las ganancias ? Gracias por responder