Buenas tardes,
Planteo la siguiente situación por si me podéis ayudar.
Llevo un año y medio como arrendatario en una casa, sin ningún problema de impagos.
El casero nos ha comentado de buena fé que está intentando vender la casa a una empresa que entiendo, tiene pre acordado un alquiler con otra familia (claro, porque le ofrece un alquiler más alto que el que tenemos actualmente). En definitiva, esa empresa quiere comprar la casa para alquilarla a otros.
Por otro lado, entiendo también que quiere un particular comprar la casa para su madre.
Mis dudas son:
En caso de que sea una empresa, ya sea fondo buitre (ya que tenemos constancia que están comprando varias por la misma zona) o inmobiliaria
¿Tenemos derechos los inquilinos de seguir con nuestro contrato?
Planteo la misma cuestión, en caso de que sea un particular quien la compre para su madre.
Si, claro que pueden seguir con su contrato hasta que finalice el mismo:
Ley de Arrendamientos Urbanos:
"Artículo 14. Enajenación de la vivienda arrendada.
El adquirente de una vivienda arrendada quedará subrogado en los derechos y obligaciones del arrendador durante los cinco primeros años de vigencia del contrato, o siete años si el arrendador anterior fuese persona jurídica, aun cuando concurran en él los requisitos del artículo 34 de la Ley Hipotecaria.
Si la duración pactada fuera superior a cinco años, o superior a siete años si el arrendador anterior fuese persona jurídica, el adquirente quedará subrogado por la totalidad de la duración pactada, salvo que concurran en él los requisitos del artículo 34 de la Ley Hipotecaria...."
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
No sé quien habrá sido la criatura que le ha puesto un voto negativo. Seguro que algún ignorante.
Tenemos una ley, la de Arrendamientos Urbanos, que le protege. Si su contrato está bien hecho, el que compre la casa sea una empresa o ese señor tiene que respetarlo. No hace falta que esté registrado en un sitio especial (el Registro de la Propiedad), pero si lo está, es como si le pusiera un escudo extra: nadie puede hacerse el despistado y decir que no sabía que usted vivía ahí. Sin ese registro, el contrato sigue valiendo, aunque a veces el nuevo dueño podría intentar marearle un poco.
Si la compra una empresa, olvídese de que le echen para meter a otra familia por más dinero. Tienen que dejarle estar hasta que se acabe el contrato, que puede ser 5 años si su casero era una persona normal, o 7 si era una empresa. Si es el señor para su madre, también tiene que respetarlo, pero podría decir: "Oiga, mi madre necesita la casa". Eso no es tan sencillo para él: tiene que demostrarlo ante un juez, y usted puede decir que no si no le cuadra.
Revise su contrato, y si no entiende algo, hable con un experto.
Por lo visto me acabo de enterar que está comprando una empresa, y me huele a mí que será un fondo buitre, toda la calle, que son como unas casas adosadas muy bien situadas. Han ido a ver la casa un chico, que parece ser de la empresa y la persona dispuesta a vivir en ella. No nos dicen nada, tampoco el arrendador. Nos están engañado pienso, y nos quieren tomar por tontos y dejarnos en la calle. El casero nos ha dicho que nos avisaría con tiempo para que en unos 3 o 4 meses nos fuéramos. Pero claro, nuestro contrato lleva desde diciembre de 2023.
Muchas gracias a todos por la ayuda!
Haga caso a Hoplon y leonjbr, que saben de esto, y mucho.
Tiene derecho a seguir hasta 5 años, hasta diciembre de 2028 (si el arrendador fuera una empresa serían 7).
Si el arrendador quiere vender, que venda, pero el comprador debe respetar el contrato. Y si le interesa cancelarlo, y a usted también, negocie, que suelte la pasta, y búsquese otra vivienda
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