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venta de casa comun

3 Comentarios
 
26/12/2005 02:04
La Comunidad de Propietarios se regula en los artículos 392 a 406 del código civil, a falta de contrato o ley especial que lo regule.
En la división de la cosa común existe cierto derecho de opción de los comuneros, pero puede venderse y repartirse el dinero en base a las cuotas que posee cada uno. Podrá venderse a un comunero o al público si todos llegan a un pacto (o mayoría de cuotas)
La cosa siempre es divisible ya sea materialmente (20 sillas, se reparten según cuotas de participación) o en su valor pecuniario (cuadro de Goya, se vende y se reparte la pasta)
Si no hay acuerdo posible siempre se puede presentar acción de división y el juez decide. Y por supuesto, se divide todo.
Se realiza según acuerdo entre cuotas o judicialmente, siguiendo lo establecido en el acuerdo o en el código civil.

25/12/2005 14:05
Ana,

división judicial de la vivienda
Significa esto convertir en dinero y repartirlo?
¿como se convierte, vendiendo en el mercado libre o sometidos a la ley de los subateros y perdiendo dinero?
¿La subasta puede ser entre los mismos propietarios excluyendo "mirones"?

En la segunda opcion que parece razonable como lo puede ser cualquier acuerdo, el problema es la fijacion del precio. Un la parte que compara no se podría utilizar el criterio de oferta y demanda.

Forzando el caso, ante el desacuerdo si es divisible, ¿Quien decide si una cosa es divisible o no?
Supongo que habiendo acuerdo se puede dividir todo!!!

24/12/2005 22:27
Estimado David2:

A nadie se le puede obligar a permanecer en una indivisión permanente de la cosa poseída en común, así que, ante la negativa de uno, si todos los demás quieren proceder a la venta del piso, la opción que tiene, una vez fallidos todos los intentos por alcanzar un acuerdo, es acudir a la división judicial de la vivienda.

Otra opción, antes de acudir a la vía judicial, es que el comunero que se niega a la venta de la vivienda, le compre a los demás su parte.

Un saludo.
Venta de casa comun
24/12/2005 13:58
Una casa es propiedad de varias personas, que en teoria es de uso comun esporadico pero no necesariamente, supongamos que convivieran, o incluso utilizada solo por algunos.
¿Si alguno o todos menos uno quieren desvincularse vendiendo la casa para luego repartir el dinero, los que no estuvieran por la venta pueden ignorar la propuesta?