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venta de bien heredado y dni de cónyuge para la firma

1 Comentarios
 
Venta de bien heredado y dni de cónyuge para la firma
28/03/2019 12:08
Buenos días, quisiera su opinión sobre el lo siguiente:
Estoy casado en gananciales en la comunidad de Aragón, recibí 1/6 de parte de vivienda de mis padres fallecidos que estaba pagada y además con un dinero que ha servido para pagar gastos diferentes, con lo que no ha salido ningún pago de los ingresos de la familia para el mantenimiento de dicho piso.
Entiendo que esa parte que me corresponde entre los seis hermanos pasa a ser un bien privativo dentro del régimen de gananciales que formo con mi cónyuge; en estos momento hay opción de venta y solicitan en la finca que realiza la operación el DNI de herederos y cónyuges en gananciales.
Mi pregunta es si realmente es necesario el DNI de cónyuges en gananciales cuando es un bien privativo de uno de ellos, muchas gracias por sus aclaraciones si lo tienen a bien, saludos.
28/03/2019 15:18
An21gel
Hay un foro de derecho de sucesiones, donde iría mejor su pregunta, pero le contestamos igualmente.
El hecho de que pidan el DNI de una persona no significa una modificación ni una intromisión en el carácter privativo de una propiedad, y mucho menos en la compraventa. Como correctamente señala usted, es un bien privativo y como tal se vende. Ese afán por DNIs está muy presente en las notarías (a veces piden el DNI de una tía abuela muerta hace 37 años) porque Hacienda tiene sus propias normas, pero en nada afecta a lo que usted va a firmar.