Hola buenas tardes, quería aprovechar a preguntar ¿como particular si quisiera vender algunos artículos de segunda mano en buenas condiciones porque ya no tengo espacio en casa, ya no los uso o porque me hace falta el dinero, ya sea por ingreso o transferencia bancaria, hay que darse de alta en hacienda, no hace falta darse de alta, luego se declaran en la declaración de mayo del año siguiente y cómo se declara eso como rendimientos de algo o patrimonio o no hace falta? La verdad es que de esto ni idea si pudierais explicarle a una novata.Saludos de Esther.