Estimados compañeros:
El supuesto de hecho es el siguiente: un socio de una S.A. tiene posibilidad de vender sus acciones a otros accionistas de la empresa. Estas acciones tienen un valor nominal de aprox. 15.000 €, y en principio existe acuerdo de la junta de accionistas, previsión en estatutos...en definitiva, ningún problema en este aspecto.
El valor de venta va a ser escandalosamente superior a su valor nominal, como diez veces más, y el pago pretende efectuarse prorrateado más intereses a lo largo de cinco años.
Mi duda reside en la forma de garantizar dicho pago. Entiendo que lo más aconsejable sería una garantía real, pero me preguntaba qué opiniáis sobre otras opciones como un aval, ya que la pignoración la descarto por completo por el escaso valor de las acciones.
No es necesarioel consentimiento del banco, salvo que exista alguna claúsula en la hipoteca que lo prohiba. Sería el caso de un contrato "intuito personae". Mucho cuidado, porque puede ser una claúsula de carácter obligacional que no tenga acceso al Registro de la Propiedad. Sería mejor leer todo el contrato de préstamo.
No se pierde la responsabilidad del anterior administrador como avalista salvo que así lo acepte el banco.