Uno de los miembros del Sindicato (MIEMBROS DEL PACTO PARASOCIAL) decide –sin dar mayores explicaciones ni justificaciones- revocar su adhesión al Sindicato y, tras depositar en otro Banco todas las acciones de su propiedad que estaban incluidas en el Sindicato, las vende en Bolsa a una agencia de valores domiciliada en Barcelona, que actúa por cuenta de una sociedad domiciliada en las Islas Cayman y cuyos propietarios no pueden identificarse. Se le consulta lo siguiente:
a) ¿A quién corresponde la propiedad de las acciones?.
b) ¿Qué puede reclamar el Sindicato?. ¿A quién o a quiénes?. ¿Ante qué organo?.