Tenemos un SL con dos socios y un tercero quiere comprarnos todas las acciones pero en Contrato Privado, tienen la obligación de inscribirlo?, si no lo hace.... podemos ser responsables de algún acto de la SL realizado tras la venta? Gracias estamos un poco apurados
La transmisión de acciones, en este caso participaciones sociales puesto que se trata de sociedad limitada, ha de constar en escritura pública.
La transmisión no se inscribe en el Registro Mercantil, pero si en el Libro Registro de Socios de la Sociedad.
Lo normal y aconsejable sería hacer la transmisión en escritura pública, y si estos dos socios venden todas sus participaciones y son administradores, cesar en su cargo, y que se haga cargo de la Administración de la sociedad el comprador.
Todo ello habría de hacerse en escritura pública, y sería la forma de evitar cualquier responsabilidad por actos posteriores del comprador.