Hola,hace tres meses he vendido un coche a un particular y me llama diciendo que le rompio un palier circulando por la autopista,que lo llevo a un taller a reparar y le dicen que eso es un vicio oculto y que lo tengo que pagar yo como vendedor.el vehiculo tiene nueve años y 170.000km y cuando el se lo llevo funcionaba perfectamente y no se detectaba ningun ruido ni sintoma al respecto. Es posible que sea como el dice o puede ser una pieza de desgaste? O simplemente que se rompiera por un uso indebido del coche? Alguien me puede orientar.gracias
"A los quince dÃas me daban largas y acudà a hacer la notificación de transferencia a la DGT"
Esto esta en el primer post... no se si te lo has leÃdo.
Todo lo demás, sobra.
Por otro lado: art 5 del Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Trafico, Circulación de Vehiculos a motor y Seguridad Vial:
"competencias del Ministerio de Interior:
h-Los registros de vehÃculos, de conductores e infractores...."
No sabia yo que el Ministerio de Interior no era de España, sino de las Jefaturas de Trafico...
Efectivamente, el art. 2 del Real Decreto Legislativo 8/2004 de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehÃculos a motor, establece que "todo propietario de vehÃculos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro...."
Por tanto hace referencia al propietario, no al titular.
Si hay un contrato de compraventa valido y firmado, es fácil demostrar quien es el propietario.
Todo ello como explicación gratuita, pues, repito, en el primer post, kijarad ha dejado claro que ya ha hecho la notificación de venta a la que se refiere el articulo 32.1 del Reglamento de Vehiculos
Estas en España? no ......?
En España no existe el Registro de Vehiculos, existe en las Jefaturas de Trafico, y ellas son las unicas que tiene autoridad para cambiar de titular. y si no han cambiado su nombre por el nuevo comprador, y este no la hecho por mala fe o por otro motivo, Vd sera siempre responsable de lo que se haga con ese vehiculo
Es mas la Ley de Seguro en España, obliga a tener el coche asegurado , pues aunque lo conduzca otra persona, esa persona no tiene porque saber que el vehiculo esta o no esta asegurado.
Y siempre en un accidente es responsable por su supuesto el conductor que lleva el vehiculo pero subsidiarimente el propietario, que en los juicios (que hay muchos por este motivo) al final el propietario paga el pato.
O sea que espabile Vd. y ordene a Trafico si no ha sido ya cambiado al nuevo propietario que lo de, de baja temporal (despues se puede recuperar esa baja) y asi se evita problemas judiciales
Por la legalidad de mis actos estoy tranquilo, pero intentan engañarme insistentemente para no perder dinero en su reventa. Incluso exigÃan quedarse la póliza del seguro (ya anulada) como si fuese su derecho. No atienden a argumentos y he tenido que bloquear los chats para tener un poco de paz, momentánea supongo.
Por otro lado, si el vendedor no notifica la venta, lo cierto es que sigue siendo titular del vehiculo en el Registro de vehÃculos. Pero no olvidemos, que el Registro de Vehiculos es puramente administrativo, esto es, no prejuzga la propiedad. Habiendo un contrato de compraventa, se podrÃa demostrar que el vendedor ya no es propietario del vehiculo aunque siga figurando como titular.
Yo flipo con tu historia
Vamos a ver ,todos hemos comprado o vendido algun coche.
Y lo primero es firmar los papeles de compra venta , los de la comunidad autonoma para liquiquidar el impuesto de transmisiones y segundo ir a Trafico y cambiar el nombre.
Si no lo haces asi ,corres el riego de lo que le ocurra al coche y/o hagan con el es tu responsabilidad, desde que su vehiculo mate a alguien hasta que se use para transporte de drogas.
Espabila macho todo lo demas es un camelo que tu cuentas o te cuentan
Respecto al seguro se está tramitando la cancelación, se lo he advertido y ni han dicho nada. Si les multan ya se encargarán de echarme la culpa, visto lo visto.
Pero ¿te han comentado algo de que te vayan a demandar por vicios ocultos en la cosa vendida? ¿o te han pedido que rescindias el contrato que habeis firmado?
De no ser asi, no te preocupes anticipadamente.
Tampoco tiene por que importarte si ellos ahora estan vendiendo el coche... tu ya lo vendiste ¿no? pues nada, una vez notificada la venta a Trafico, puedes olvidarte del tema
Efectivamente si el comprador tarda mas de un mes es solicitar el nuevo permiso de circulacion a su nombre, una vez hecha la notificacion de venta, se le puede sancionar con 200 euros, pero no creo que ninguna jefatura lo haga de oficio. Ademas, tampoco seria tu problema, sino el del nuevo comprador.
¿y que es eso del cambio de seguro? Una vez vendido el vehiculo y hecho el cambio de titularidad en Trafico, tu puedes dar de baja el seguro (si no lo has hecho), porque la obligacion de suscribir el seguro es del propietario, y tu ya no eres propietario
Los pasos correctos son: tu haces la notificacion de venta en el plazo de 10 dias, y el nuevo propietario renueva el permiso de circulacion en el plazo de un mes.
Con respecto a reclamar vicios ocultos, si en el contrato no se especifica que no funciona esto o lo otro o lo de mas alla... si falla, por ejemplo, el motor, entiendo que el comprador podria solicitar la rescision del contrato, pero todo esto es muy general, no puedo dar una opinion valida sin conocer el caso concreto, cómo estaba el vehiculo, el tiempo que hace que lo vendiste, los kms que ha hecho el nuevo propietario...
Hace un mes vendà un coche de veinte años a precio casi regalado por quitármelo de encima. Firmamos un contrato entre particulares (que aportaron ellos) en el que se especifica que adquirÃa sin garantÃa alguna. La ITV está pasada y les dije los achaques que tenÃa: no quisieron pasar por taller y lo aceptaron porque les urgÃa un vehÃculo para moverse.
Sólo les exigà que hiciesen los papeles rápido para quedarme tranquilo. A los quince dÃas me daban largas y acudà a hacer la notificación de transferencia a la DGT. Pese a avisarles con tiempo no les ha sentado bien porque les penalizan y temo que me reclamen vicios ocultos para obtener algo, pese a la cláusula del contrato arriba citada.