Mi padre vende una casa en Catalunya y desea entregarnos, a sus tres hijos, una parte del importe de esta venta, puesto que considera que forma parte del patrimonio que deberíamos heredar en un futuro. ¿Deberemos pagar impuestos por estas cantidades que nos dé?
Gracias por la atención y las respuestas.
En un caso similar:
Si el padre dona parte el patrimonio, por ejemplo una casa.
O si el padre la cede como "pago" de una atencion; manutencion, cuidados. No creo que importe mucho el motivo, pero...lo digo.
Creo que algunas "cajas" acuerdan con los ancianos una especie de trueque, ¿cómo es eso?
En efecto debes tributar por el Impuesto sobre sucesiones y donaciones, modalidad donaciones.
En la práctica se suele simular una compraventa dado que el impuesto que grava la transmisión es menos gravoso.
Respecto a lo que manifiesta AnaMaría, lo que hacen algunos operadores financieros, aunque no es exclusivo de Cajas y Bancos, es un contrato de renta vitalicia por el que se transmite la vivienda a cambio de una renta (mensual - trimestral - semestral - anual) para toda la vida, aunque este sistema también tiene consecuencias fiscales en caso de fallecimiento temprano y pago de renta vitalicia muy inferior al valor del inmueble en cuyo caso la diferencia entre lo pagado y el valor del inmueble es susceptible de tributar por el impuesto sobre donaciones.