Un saludo.
despues de transcurrido el plazo legal de 3 meses desde la comunicacion a los socios de una s.l. de la propuesta de compra de un paquete del 10% de las acciones por una persona ajena a la empresa y sin que por parte de los socios se haya realizado opcion de derecho de adquisicion preferente, se procedera a ir al notario para la venta de dichas acciones y pregunto ¿ es necesaria la presencia de los demas socios para la realizacion de la venta?, ¿ necesito acreditar alguna cosa mas aparte de las escrituras de mis acciones ? Gracias.
No es necesario que acudan los demás socios pues son ajenos a ésta transmisión. Dependiendo de tu relación con tus socios te recomendaría en la escritura un requerimiento al Notario para que comunique a la sociedad la transmisión de las participaciones a los efectos de que la transmisión quede debidamente documentada por la sociedad.