No, no hay derecho e tanteo ni de retracto por parte del inquilino. Eso está claro.
Existe, en todo caso, el dereco de retorno, si es que la constructora compra para derribar y volver a construir. Está sujeto a unas normas y reglas que probablemente harían que la constructora no le preocupase mucho, ya deberían cederle un piso nuevo en alquiler al inquilino, pero muy probablemente de menos superficie y a un alquiler mucho más caro, cercano a los precios de mercado.
propietaria de piso alquilado (renta antigua contrato de 1961), si el edificio entero se vende a una constructora.
¿ Que obligaciones tengo yo para mi inquilana?
¿ La constructora que lo comprase, tendria que indemnizar a la inquilina?, o según entiendo por algo que he leido, al vender entero el edificio no hay derecho de tanteo ni de retracto?
Muchisimas gracias