Hola,
Resulta que mi hermana viene estás vacaciones a España a través de una carta de invitación que le envié, ella es estudiante universitaria y por casualidad su universidad hizo un convenio con la Universidad de Barcelona y tiene la posibilidad de hacer su trabajo de final de grado aquí, en enero, la Universidad tramita la visa de estudiante, pero lo que quería saber es si se puede combinar, primero como turista en diciembre que es cuando viene y luego como estudiante cuando empieza su visado de estudiante. Según vi en la web del ministerio creo que es posible.
Gracias
Adjunto la web:
http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/extranjeria/regimen-general/estancia
Para cursar estudios en España hay que venir desde el país de origen o de residencia habitual provisto de una visa de estudios.
Dependiendo de la duración de los estudios, estará o no obligado el estudiante extranjero a obtener la tarjeta de identidad de extranjero como estudiante:
1.- Si los estudios van a durar hasta por un máximo de 180 días, no hay obligación de obtener tarjeta de estudiante, es suficiente el pasaporte con la visa de estudios.
2.- Si los estudios van a durar más de 180 días, si estará obligado a obtener tarjeta de identidad de extranjero como estudiante en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía.
NO ES POSIBLE, en cambio, venir como turista y ya dentro de España tramitar una modificación a autorización de estancia por estudios.
Algunas instituciones educativas pueden aceptar tramitar la preinscripción e incluso la matrícula hallándose el estudiante como simple turista, pero eso no es suficiente para que el estudiante, ya dentro de España, pueda modificar su situación. En cambio, nada obsta que habiendo iniciado los trámites para ser admitido a cursar estudios en España, la persona regrese al país donde reside habitualmente a tramitar la visa específica de estudios.
Antes que nada gracias por tu respuesta, en principio ella vendrá con las dos cosas, la visa que le autoriza su estancia desde Enero y la carta de invitación que sería desde diciembre, ella ahora se encuentra en Colombia realizando tramites con su universidad para realizar estudios en convenio de movilidad de alumnos y que le den la visa de estudios.
Entonces mas concretamente lo que quiero saber es si es posible que este un mes antes con su carta de invitación y después pueda justificar su estancia con la visa de estudiante?
He leido esto en la web del ministerio:
Estancia de corta duración es la autorización para permanecer en territorio español por un período de tiempo no superior a 90 días por semestre a partir de la fecha de la primera entrada, sin perjuicio de lo dispuesto para la admisión a efectos de estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado. Transcurrido dicho tiempo, para permanecer en España será preciso obtener una prórroga de estancia o una autorización de residencia.