Buenas tardes, hay una finca que tiene una plantación importante para su propietario. La finca garantizaba una deuda que se está ejecutando judicialmente. Dicha ejecución se paralizó por prejudicialidad penal, es decir, hubo un proceso penal sobre la finca que ha finalizado absuelto.
La ejecución judicial todavía no se ha reanudado.
¿Puede el propietario vender las plantas y que sean trasladadas?
Pero le entiende que lo que hay en el suelo es accesorio de la finca, y vender y trasladar la pantación haría que el inmueble embargado tenga menos valor. ¿No podría verse como una forma de alzar el bien?