Hemos heredado un piso en estos porcentajes,mi padre y sus dos hermanos un 16 % cada uno y yo y mi hermano (nietos de la fallecida ) un 25%.Entre yo,mi hermano y mi padre tenemos el 66% del piso,lo podriamos vender? o podria ejercer yo una opcion de compra sobre el resto sin que estos se puedan negar ?
Nos han comentado algo de un tasador -partidor pero no sabemos muy bien la funcion de este,cual seria ?
Eso no es multipropiedad, es propiedad en proindiviso.
Realizar oferta de compra o venta al 34% restante y en caso de negarse, instar división de cosa común, vía judicial.
El Código Civil establece que ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad de bienes (art. 392, 400), como es vuestro caso, pudiendo exigir su reparto en culaquier momento.
Modos de reparto ( C.V. art. 402 y 404):
-Uno de los copropietarios se queda con el piso y paga a los demás lo que se acuerde entre ellos. Esta es la mejor solución.
-intervención de mediadores nombrados por los copropietarios en función del derecho que tenga cada uno sobre el piso (%, mediadores). Los copropietarios firman un acuerdo prévio que respetarán la decisión que adopten los mediadores. Aqui podría tener carácter supletorio la Ley 60/2003, Ley de Arbitraje. Dale un vistazo.
-Si no ay acuerdo entre ellos, se subasta el piso y se reparte el dinero en base al coeficiente de propiedad. Esta es la peor solución.
Si no te queda claro, sigue preguntando.
Un saludo.
Intervencion de mediadores nombrados por los copropietarios??
Esto no lo pilllo muy bien,me lo podriais masticar un poco mas por favor?quien nombra a esos interventores, un juez?
Osea que el que mas porcentaje tenga mas mediadores puede poner o lo entendido mal?
Para mi tb como maximo accionista por asi llamarlo la mejor opcion seria la de compra del 34% restante pero quien establece el precio? estoy seguro que ellos me van a pedir mucho mas de lo que vale el piso ya que lo que en principio iba a ser para ellos mi abuela lo a dejado para mi y para mi hermano.
Podria ser bueno de que de cara a un posible juicio una parte yo o mi hermano llevara el 66% del piso a su nombre ,vamos,ceder o que me cedieran las partes mi hermano y padre para poder hacer mas fuerza en la opcion de compra??
gracias a todos por vuestra ayuda me estais sirviendo de mucho para aclarar todo este entramado.
Los "árbitros o componedores amigables" se nombran a voluntad de los partícipes (de los copropietarios). Estos, los árbitros, deberan realizar el reparto en función del porcentaje de propiedad de cada partícipe. Estó esta en el art 402 del C. Civil, leelo.
El caso se podría resolver con la aplicación de la Ley de Arbitraje (60/2003), nombrando entre los copropietarios. No interviene el Juzgado. Las partes firman un acuerdo antes del reparto de que se comprometen a respetar el laudo que dicten los árbitros. Este laudo es irrebocable, las partes están obligadas a cumplirlo. Tiene que haber consenso entre las partes.
Si no te pones de acuerdo con todos o con alguno de los propietarios, se subasta en piso. Aqui interviene el juzgado de 1ª instancia de la localidad de donde esté el piso. Y...¡El que más chifle, capador!, como dicen en mi pueblo.
Lee el C. Civil y la ley de arbitraje.
Un saludo
Como continuación a mi mensaje anterior:
Si el piso se subasta, puede pujar por él cualquiera, sea o no copropietario. Aquí entran en juego los famosos subasteros, que se hacen ricos a costa de las propiedades de los demás.
Las leyes dicen una cosa; el sentido común otra. Lo mejor para todos es que, o bien uno de los propietarios se quede con el piso pagando lo que corresponda a los demás, o que el piso se venda y se reparta el dinero entre todos. Esto con independencia de la mala o buena relación que exista entre los copropietarios. Si alguno esto no lo entiende, hay que hacérselo ver. Si no, al Juzgado y a subastar.
En vuestro caso que tenéis claro el coeficiente de participación de cada uno, si no os ponéis de acuerdo y no queréis subasta pública, hay un modo de reparto muy sencillo y muy eficiente: se trata de que cada propietario meta en un sobre cerrado un documento firmado donde da un valor al piso, cada uno según su criterio. Se abren todos los sobres y el que más valor haya dado al piso, se queda con él por eso precio, repartiendo lo que corresponda a los demás. Piénsalo bien; si das al piso más valor del real, te quedas con él por más de lo que vale y esto no te conviene; si ofertas por él menos de lo vale, puede que otro oferte un poco más (pero menos de su valor real) y se quede con él a precio de ganga, y esto a ti tampoco te conviene. El sistema te obliga a ofertar por el piso lo que realmente vale para ti. Al resto de copropietarios les pasa exactamente lo mismo que a ti. Este en un buen sistema, no hay perjudicados, proponlo. Aunque nunca falta “el perro del hortelano, que ni come ni deja meter la mano”; que ni compra, ni vende, ni todo lo contrario.
Si tuvierais un amigo/s o familiar común a todos los copropietarios, que fuera sensato, de confianza para todos, honesto y medianamente inteligente, podríais pedirle que hiciera de mediador o árbitro y que os pusiera de acuerdo, pero esto es raro. Y además, lo normal es que él se niegue para no quedar mal con nadie.
Si vais al Juzgado, preparar abogado, procurador, disgustos y muchos gastos.
Un saludo y suerte.