Hace dos años aproximadamente mi padre quedó inválido; él había sido empresario toda la vida, con la crisis su negocio había acumulado deudas y ya no podría trabajar para pagarlas.
Aun sin tener dinero líquido para afrontarlas, él sí que posee bastantes bienes muebles (la mayoría comprados en mercadillos), ya que había sido coleccionista, como cuadros de cierto valor, etc. Por ello, impedido por la enfermedad para hacerlo por sí mismo, me pidió que yo fuera vendiendo algunos a anticuarios. También tenía otros objetos más pequeños que vendí por ebay.
Ahora, al cabo de un año, ya no acumula tantas deudas, por lo que se puede decir que está saliendo adelante. Pero estoy preocupado por mí ahora, ya que la cuenta de ebay la hice con mi nombre, así como las ventas a anticuarios, aunque después le haya dado el dinero a él (me da una pequeña parte para los gastos del coche, etc.). La cuenta bancaria donde he recibido el dinero para dárselo también está a mi nombre.
La pregunta, ¿veis algún posible problema (para mí) en hacienda? ¿hay alguna manera más inteligente de hacer las cosas? Alguien me dijo que tal vez conviniera hacer una empresa sólo para estas ventas.
Otra cosa, ¿que profesional del derecho se ocupa en el mundo real de estas cuestiones?
Yo creo que es poco probable que tengas problemas, salvo que el movimiento de dinero y objetos haya sido muy grande. Aunque no se puede afirmar nada con total seguridad.
El profesional adecuado sería un abogado fiscalista.