Sí, el art. 400 del Código Civil establece que "Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común."
En caso de no resolverse de forma cordial entre propietarios (siempre deseable), queda en última instancia el recurso a la vía judicial mediante demanda de división de la cosa común. O se vende, o se compran unos la parte de otros o toda la propiedad, o se tiene el recurso de la subasta judicial.
Hola , somos mi padre una hermana y yo , mi padre y yo vivimos en la misma casa, mi hermana vive en otra , tanto mi padre como mi hermana nunca han entendido de llevar todos los pagos de la casa porque son alcohólicos aunque no lo reconocen . Al fallecer mi madre se quedo un 50% de casa para mi padre y un 50% para mi hermana y yo, con las pagas de incapacidad y viudedad de mi padre me hice cargo de todos los pagos , deudas ,hipoteca , luz , agua ,gas, etc. Pero ahora mi hermana quiere llevar los pagos y esto conlleva a no pagar nada y que el banco se quede con la casa.
Mi pregunta es , yo podría pedir mi parte de la casa y si no tienen dinero para pagarme se podría vender ? si no se puede hacer lo anterior , de que manera desvincularme de todo, aunque no me lleve nada porque si lo dejo en sus manos luego serían deudas para mi.