Hola , tengo un ático sin cédula de habitabilidad . En el momento de la construcción disponía de dos velux y una ventana que no estaban en los planos . Un vecino denunció llevando a juicio y ganando . He adquirido dicho ático en esas condiciones . Mi pregunta es (como creo que se ha modificado algún artículo de la propiedad horizontal) puedo iniciar el proceso para solicitar permiso en la comunidad para abrir de nuevo y en su caso que porcentaje de votos debo tener , es suficiente 3/5 partes o es necesaria la unanimidad. Muchas gracias
Sr. si carece de célula de habitabilidad, también carece de licencia de primera ocupación, por ello Ud. no puede ocupar el ático para vivir en él, y por consiguiente no le otorgan licencia para abrir huecos. Si los 3/5 de la comunidad le autorizasen, necesita también la licencia municipal y para ello una de dos, o se la deniegan o le obligan a la comunidad a legalizar la situación si es que lo permite el PGOU.
Gracias Nariyada, la idea es pedir todos los permisos para iniciar la obra y el cambio de uso a vivienda . Pero mi duda era si para ello necesito acuerdo unánime de comunidad o con 3/5 partes es suficiente . La unanimidad va a ser imposible conseguirla pero las 3/5 partes es posible. Lo que quiero es estar segura porque no quiero hacer nada si luego un solo vecino puede denunciar y tener que volver todo a su estado original . Por parte del ayuntamiento creo que no tendría ningún problema, aunque antes de pedir permiso en la comunidad mi idea es hablar con ellos, a ver que tipo de velux o ventanas quieren para adaptarme a la estética del pueblo. Para la habitabilidad se que también ha cambiado la normativa, permitiendo hacer vivienda en la tercera planta que en el momento de la construcción o estaba permitido. Si me puedes aclarar lo del porcentaje de votos de la comunidad, te estaría muy agradecida . Muchas gracias
Pues el conseguir los 3/5, se me antoja muy difícil, dado que deberán decir que si el día de la junta los 3/6
Y con el escaso personal que acude a las juntas, será algo épico
Para darle habitabilidad, necesita el consentimiento unánime, ya que es necesario modificar el título constitutivo, si lo obtuviese, para los velux necesita otro permiso, esta vez de 3/5.
Yo creomque la habitabilidad, la concede el ayuntamiento no la comunidad. Y el título constitutivo no habria que modificarse al no ser que en el mismo figurase que ese local es inhabitable
Muchas gracias, empezaré por pedir permiso para los velux . El ático tiene todos los suministros , luz, agua y gas . Dispone de dos habitaciones , salón , cocina, baño y aseo mas de 90 m2. Tiene una ventana en habitación , pero necesita los velux y abrir una ventana que está en el baño (que esta hecha pero tapiada por sentencia judicial ) . Como os he dicho voy a empezar por los permisos para poner velux y abrir la ventana del baño. Luego iremos a por la habitabilidad , poco a poco . Muchísimas gracias