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Vehiculo con minusvalía ¿quién lo puede conducir?

2 Comentarios
 
Vehiculo con minusvalía ¿quién lo puede conducir?
26/05/2019 20:02
Tengo una minusvalía del 65 % y movilidad reducida. Hace un año compré un coche nuevo beneficiándome de los derechos de mi minusvalía.

No tengo cochera, por lo que el vehículo lo tengo que dejar en la calle y, a veces, por no decir casi siempre, lejos de mi vivienda.

Mis preguntas son:
1.- ¿Pueden mis hijos utilizar ese vehículo para su uso y disfrute particular sin que yo vaya en el vehículo?

2.- ¿En qué Boletín Oficial del Estado se hace referencia al punto primero?

3.- ¿Puedo pedir a mi Ayuntamiento un espacio reservado en la calle donde vivo para estacionar mi vehículo con una placa que identifique la matrícula del vehículo?

4.- Si me lo conceden, ¿tengo que pagar por ello?

5.- ¿Pueden estacionar otros vehículos de minusválidos en la zona reservada para mi vehículo?
Gracias si hay respuestas.
28/05/2019 10:37
CharlesConnor1969
1- Si, lo puede utilizar cualquiera.
2-Esto no es tema del Boletin Oficial del Estado, es un tema de Derecho Privado, de propiedad. Tu eres el propietario, pero puedes prestar el bien.
3-Puedes pedirlo, pero sinceramente no creo que te lo concedan. La calle es un lugar publco de estacionamiento, si el Ayto lo considera oportuno, puede reservar un espacio para estacionamiento de vehiculos de personas con movilidad reducida, pero de ahi a reservartelo para ti solo...
puntos 4 y 5 ya estan contestados
28/05/2019 14:00
sarapiki
Sarapiki, Entra en "PreguntasFrecuentes.net" y busca ese enunciado que te digo: Descuento por minusvalía: ¿Qué ocurre si el conductor no es la persona con minusvalía?
Luego de leerlo atentamente dime si sigues apoyando lo que dices en el punto nº 1 y nº 2
En el punto 3, le contesto a CharlesConnor1969 lo siguiente: Sí, lo puedes solicitar a tu Ayuntamiento y sí, sí te pueden adjudicar un reservado para ti solo cerca de tu domicilio con una placa que identifique la matrícula de tu vehículo siempre y cuando tengas movilidad reducida y así lo avale el Centro de Incapacidades al que corresponda tu domicilio o expediente.
Salvo mejor opinión, un saludo.