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vecinos

2 Comentarios
 
05/06/2011 11:46
También le dejo el siguiente del C. Civil:

Artículo 592.

Si las ramas de algunos árboles se extendieren sobre una heredad, jardines o patios vecinos, tendrá el dueño de éstos derecho a reclamar que se corten en cuanto se extiendan sobre su propiedad, y, si fueren las raíces de los árboles vecinos las que se extendiesen en suelo de otro, el dueño del suelo en que se introduzcan podrá cortarlas por sí mismo dentro de su heredad.
05/06/2011 11:24
Le dejo dos Artº del C.Civil que le ayudarán en su problema.

Artículo 390.

Cuando algún árbol corpulento amenazare caerse de modo que pueda causar perjuicio a una finca ajena o a los transeúntes por una vía pública o particular, el dueño del árbol está obligado a arrancarlo y retirarlo; y si no lo verificare, se hará a su costa por mandato de la Autoridad.

Artículo 391.

En los casos de los dos artículos anteriores, si el edificio o árbol se cayere, se estará a lo dispuesto en los artículos 1.907 y 1.908.
Vecinos
04/06/2011 23:36
tengo un vecino que linda con mi jardin. Ha dejado crecer el seto 2 metros por encima del muro. Me quita sol y luz. además se vuelca hacia mi parcela invadiendo en mi propiedad, es legal que deje el seto a la altura que el quiera?